El Tribunal Supremo del Reino Unido ha emitido una decisión unánime en la que establece que, en el marco de la Ley de Igualdad de 2010, la definición legal de «mujer» se fundamenta en el sexo biológico. Esta resolución, respaldada por los cinco jueces del tribunal, responde a una disputa legal prolongada y establece que, en ciertos contextos, las mujeres transgénero —incluso aquellas con Certificado de Reconocimiento de Género (GRC)— no serán reconocidas como mujeres bajo esta legislación.
Como consecuencia directa del fallo, las mujeres transgénero podrán ser excluidas de espacios destinados exclusivamente a mujeres nacidas con sexo biológico femenino, tales como vestuarios, refugios, áreas de atención médica especializada o servicios de asesoramiento. El tribunal señaló que la intención es garantizar la claridad legal en contextos donde el sexo biológico puede ser un criterio legítimo para restringir el acceso, especialmente en situaciones donde la privacidad, la seguridad o la salud están en juego.
No obstante, la corte subrayó que las personas transgénero siguen protegidas contra la discriminación basada en la reasignación de género, tal como lo contempla la Ley de Igualdad. Este fallo introduce una diferenciación legal significativa en el reconocimiento de género, con posibles implicaciones en políticas institucionales y debates públicos en torno a los derechos de las personas trans en el Reino Unido.